La Dirección Provincial de Educación, comunica a los Directivos Institucionales de los establecimientos educativos fiscales, fiscomisionales, municipales y particulares, que el inicio de clases será el lunes 04 de abril del año en curso.
Matrículas
Las matrículas ordinarias se realizarán del 15 al 31 de marzo de 2011; y matrículas extraordinarias para el nivel de educación básica, se concederá en el transcurso del primer trimestre de acuerdo al literal a) del artículo 224 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación; y para el nivel de bachillerato, de conformidad al literal b) del artículo indicado.
Presupuesto para los Establecimientos Fiscales
De acuerdo con la decisión del Gobierno de la Revolución Ciudadana, se eliminó la contribución económica que hacían los padres de familia de los establecimientos fiscales del país.
Para el presente año el Ministerio de Educación, mediante procesos adecuados y oportunos entregará a los establecimientos educativos los recursos económicos necesarios para cubrir el pago de servicios básicos, compra de suministros y material didáctico, mantenimiento de infraestructura y mobiliario y adquisición de equipos, conforme lo establece el Acuerdo Ministerial N0 054-10 de 29 enero de 2010.Serán beneficiarios los establecimientos fiscales de todos los niveles y modalidades.
Establecimientos Particulares
El valor de matrículas y pensiones será determinado por la Junta Reguladora de Costos de la Educación Particular de cada provincia. Una copia de esta resolución deberá exhibirse en un lugar visible de colecturía o área financiera de cada establecimiento educativo.
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