martes, 15 de enero de 2013

ASIGNACIÓN DE CUPOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS FISCALES Y FISCOMISIONALES



Este miércoles 16 de enero se realizará la asignación de cupos en los establecimientos educativos fiscales y fiscomisionales de la provincia, de acuerdo al Instructivo para Finalización del Año Escolar, Proceso de Matriculación y Aplicación del Régimen Quimestral, preparado por la Coordinación Zonal 4 de Educación.

Para lo cual la Directora Distrital de Educación, Polonia Castillo, ha dispuesto que funcionarios de esta dependencia acudan como veedores del proceso.

En aquellos Distritos en los que la cobertura- demanda no presentare problemas, la inscripción y registro se hará directamente en las instituciones educativas atendiendo la capacidad física instalada.


En aquellos Distritos en las que la cobertura- demanda no estuviere satisfecha, se aplicará el sistema de  zonificación o sectorización organizado mediante los circuitos y distritos, de la siguiente manera:

El 50% que será asignado previa valoración y registro que favorecerá a los estudiantes que hayan obtenido las mejores calificaciones.

El 50% restante se regirá por el proceso de zonificación o sectorización que se pondrá en marcha sobre todo en los distritos con alta densidad poblacional.


Para el proceso de calificación de los estudiantes se considerará lo siguiente:

*Para el caso de aspirantes que pretendan ingresar por primera vez al nivel de Educación Inicial y/o 1° de Educación General Básica, se lo hará por sorteo público. Si el aspirante de Primero de Básica ha cursado el nivel inicial en el plantel se aplicará la matrícula automática.
Además ingresarán a Primero de Básica, aquellos estudiantes del nivel de Educación Inicial cuyos centros educativos estén más cercanos, al sitio donde será acogido.

*Para el octavo año de Educación General Básica y el primer año de Bachillerato, en las ciudades de mayor población, se determinará de número de aceptados por sectorización y méritos académicos; además se reconocerán las distinciones deportivas y/o culturales cuando fueren logradas en representación del país (art 156).

*Para aquellos estudiantes que proceden de otras instituciones educativas (no corresponde al proceso de matriculación automática), el directivo deberá solicitar el expediente académico al representante legal del estudiante (art 154- Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural)

*Para el proceso de selección por mérito académico, se intergrará una comisión conformada por el Rector o Director del plantel quien preside, un delegado del Consejo Ejecutivo, el Presidente del Comité Central de Padres de Familia o su delegado, y el Presidente del Gobierno Estudiantil o su delegado, la Coordinación Zonal de Educación enviará un delegado como veedores.




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